Publicados los Criterios del Plan Anual de Control Tributario de la ATC para 2026

La Agència Tributària de Catalunya publicó el pasado 22 de abril de 2026, los criterios generales del Plan de Control Tributario para 2026. El documento introduce novedades relevantes en inspección, recaudación ejecutiva y gestión, con especial impacto en patrimonio, sucesiones y contribuyentes que operan con criptomonedas, estructuras societarias o plataformas colaborativas.
El Plan mantiene la estructura tripartita del año anterior (prevención del fraude y asistencia, comprobación del fraude, y colaboración con administraciones e intermediarios), pero incorpora cambios significativos en su contenido. El documento refleja la consolidación de las líneas digitales abiertas en 2025 y una clara apuesta por afinar la detección de estructuras y planificaciones fiscales complejas y agresivas.
A continuación referenciamos las líneas de actuación más relevantes plasmadas en el citado documento:
- Comprobación del fraude tributario
Las actuaciones de gestión tributaria de la ATC prestarán especial atención a los siguientes aspectos:
- ITP-AJD: Se incorpora expresamente el control del tipo impositivo específico cuando el adquirente es un gran tenedor o cuando se adquiere un edificio entero de viviendas, y el tipo medio en función del valor del inmueble según la normativa autonómica
- ISD: Revisión de expedientes en que el negocio jurídico declarado como préstamo pueda encubrir una donación; revisión y control de pactos sucesorios o donaciones mortis causa.
- IP — Ampliación en bienes muebles: El control de bienes muebles se detalla expresamente incluyendo depósitos bancarios, bonos, obligaciones, acciones, fondos de inversión y seguros de vida.
- Tributación sobre el juego: Se añaden expresamente las rifas y combinaciones aleatorias y el control de nuevas altas de máquinas recreativas.
- Se incorpora el IEMDT (impuesto de matriculación) conforme al convenio AEAT-ATC de diciembre 2025.
Por su parte, la Inspección tributaria de la ATC centrará sus esfuerzos en las siguientes áreas, algunas de las cuales constituyen novedad para este ejercicio:
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
-
- Comprobación del valor de acciones y participaciones en holdings y grupos empresariales de especial complejidad.
- Investigación del uso de estructuras societarias para situar bienes utilizados por los socios o su entorno familiar
- Investigación de sociedades prácticamente inactivas titulares de bienes no afectos.
- Comprobación preferente de que el arrendamiento de inmuebles constituye actividad económica e investigación de supuestos de contratación simulada de trabajador para acceder a la reducción.
- Impuesto sobre el Patrimonio:
- Investigación de simulación en interposición formal de sociedades sin medios reales.
- Comprobación preferente del arrendamiento de inmuebles como actividad económica y trabajador simulado.
- Investigación de bienes de lujo con aparente afectación a actividad económica.
- ITP-AJD: Se añade la investigación de transmisiones inmobiliarias con renuncia indebida a la exención del IVA.
- Reanálisis de casos ya regularizados: se prevé reiterar investigaciones de supuestos de hecho previamente regularizados en los que se observe el mismo comportamiento.
- Recaudación ejecutiva
En este campo, se prevé reforzar las siguientes actuaciones:
- Revisión y clarificación del lenguaje de la provisión de apremio para hacerlo más comprensible.
- Control reforzado de conductas de vaciamiento patrimonial y activación inmediata de medidas de protección del crédito público.
- Impulso específico del procedimiento de apremio en deudas de entidades públicas, con seguimiento reforzado previo al embargo.
- Aplicación del umbral económico de baja contable de créditos concursales para optimizar recursos en concursos.
- Control intensivo de aplazamientos y fraccionamientos superiores a 50.000 euros con garantía suficiente.
- Impulso de los fraccionamientos mensuales sobre los trimestrales y priorización del fraccionamiento sobre el aplazamiento.
- Mejora en la obtención de certificados de estar al corriente y carta de pago agrupada en certificados negativos.
- Las medidas cautelares incluyen ahora embargos preventivos, anotaciones registrales y otras medidas de forma más explícita.
- Colaboración con administraciones e intermediarios fiscales
- La red Tributs de Catalunya se consolida bajo la gestión plena de la ATC.
- Se amplía la colaboración institucional con la AEAT, en particular con la gestión progresiva del IEDMT en Cataluña, y se refuerza la asistencia presencial en la campaña de renta.
- Se formaliza el modelo de colaboración social con intermediarios fiscales bajo los principios del art. 92 LGT, con impulso de nuevos convenios y adhesiones individuales.
- Se prevé mejorar las herramientas tecnológicas de acceso de los intermediarios (plataformas telemáticas, transmisión de información, formación y soporte técnico).
- Conclusión
La presente resolución comporta un avance en la profundidad de las actuaciones de lucha contra el fraude, especialmente en lo relativo a los incentivos aplicables a la empresa familiar (exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y reducción del 95% en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones).
En particular, se debe prestar atención especialmente a tres ámbitos:
- La ampliación de criterios de inspección en sucesiones y donaciones (con nuevas líneas de investigación sobre estructuras societarias y arrendamiento simulado),
- La mayor presión sobre el impuesto sobre el patrimonio (incluyendo bienes de lujo y simulación societaria)
- Control de operaciones inmobiliarias, especialmente las que tienen que ver con la delimitación IVA-Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, y la aplicación de tipos incrementados del ITP a determinadas operaciones inmobiliarias.
- La reorganización más sistemática de la recaudación ejecutiva, que en 2026 aparece desglosada en subfunciones específicas con nuevas medidas cautelares.
La mayor presión que proyecta esta Resolución sobre estos y otros beneficios fiscales hace especialmente relevante el recurso a un asesoramiento fiscal recurrente enfocado a la prevención de las regularizaciones, y a la verificación escrupulosa del cumplimiento de los requisitos que posibilitan la aplicación de ciertos incentivos fiscales, especialmente en el ámbito de la empresa familiar.
Los profesionales del departamento fiscal de Deyfin ETL estamos a su disposición para prestarles asesoramiento y atender sus dudas y consultas a este respecto,

Gerente Dto. Fiscal / Contable
