+34 93 240 22 56 deyfin@etl.es

Laboral

Permiso por Nacimiento y Cuidado de Menor en 2020

El pasado mes de marzo de 2019 se publicó la norma que ampliaba de forma progresiva el hasta entonces conocido como “permiso por paternidad” (ahora nacimiento) e incrementó su duración hasta las 16 semanas para equipararlo al de la madre biológica en casos de parto natural, así como en los casos de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento.

La ampliación del permiso recogida en la norma de referencia se llevaría a cabo de forma paulatina hasta alcanzar el máximo de 16 semanas. Así, para el año 2020 (efectos desde el 1 de enero) el permiso por nacimiento de hijo/a -para progenitores distintos de la madre biológica- tendrá una duración de doce semanas, de las cuales las cuatro primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto, si bien la madre biológica puede ceder al otro progenitor hasta dos semanas de su descanso no obligatorio.

¿Cómo se puede disfrutar del permiso por nacimiento de hijo/a?

El permiso por nacimiento se puede disfrutar de forma ininterrumpida desde el nacimiento o por fracciones semanales. Asimismo, también puede disfrutarse a tiempo parcial, en ambos casos, una vez haya transcurrido el período mínimo de descanso obligatorio.

Una vez transcurridas las primeras cuatro semanas de descanso obligatoria, el beneficiario puede disfrutar de las restantes de forma continuada o en períodos semanales hasta que el/la menor cumpla doce meses, debiendo comunicarlo a la empresa con una antelación mínima de quince días.

Por otro lado, también es posible el disfrute a tiempo parcial del permiso -a excepción de las primeras cuatro semanas- y se ajustará a las reglas siguientes:

  • El permiso se incrementa en función de la jornada de trabajo realizada.
  • No es posible el disfrute por semanas, ha de ser ininterrumpido y, una vez acordado con la empresa, la modificación del régimen de jornada elegido sólo puede ser llevarse a cabo por un nuevo acuerdo a instancia del trabajador motivado por causas relacionadas con su salud o la del menor.
  • Al igual que sucede con los contratos a tiempo parcial, durante el disfrute del permiso por nacimiento a tiempo parcial el beneficiario no podrá realizar horas extraordinarias, salvo las necesarias para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.

¿Cuánto se cobra durante el disfrute del permiso por nacimiento?

El subsidio vinculado al permiso por nacimiento es equivalente al 100% de la base reguladora para la incapacidad temporal, es decir, se toma como referencia la base de cotización por contingencias comunes del beneficiario del mes anterior al hecho causante, tomándose como referencia la fecha de inicio del período de descanso.