+34 93 240 22 56 deyfin@etl.es
consecuencias jurídicas del coronavirus

Consultoría

FINANCIACIÓN: A tener en cuenta si amplias años y carencia de tus ICOs

La noticia se hizo oficial hace unos días, ya la conocemos todos, vayamos ahora a los detalles del Real decreto de la forma más esquemática posible.

1.- Lo principal:

  • Se amplía en 12 meses el periodo de carencia.

  • Se amplía hasta 8 años el límite para devolver el préstamo.

  • El aval del estado se ajustará a las nuevas condiciones.

  • Los derechos arancelarios notariales y se bonificarán en un 50 por ciento.

Estos cambios son a petición deudor, vamos, sólo si quieres……. y cumples los requisitos.

2.- Los requisitos para poder beneficiarse que son:

  • Solicitarlo

  • Que la operación no esté en mora (impagada más de 90 días)

  • Que tampoco lo esté ninguna de las financiaciones restantes otorgadas por la entidad al mismo cliente.

  • Que el deudor no figure en situación de morosidad en la consulta al CIRBE en la fecha de formalización de la extensión.

  • Que el deudor no esté sujeto a un procedimiento concursal.

  • Que la solicitud de las medidas por parte del deudor a la entidad no sea más tarde del 15 de mayo de 2021.

3.- Las obligaciones que deberán cumplir las entidades financieras:

  • No podrán condicionar la modificación a la contratación por parte del cliente de otros productos de la entidad, como pueda ser un seguro.

  • Los costes de los préstamos se mantendrán en línea con los costes cargados antes de la extensión, pudiendo incrementarse únicamente para reflejar un encarecimiento de la remuneración del aval.

  • Las entidades dispondrán de un máximo de 30 días naturales para resolver la solicitud del deudor.

Atento a las negritas, y eso es todo, cualquier duda, puedes consultarnos y te ayudaremos encantados.

Recuerda que también te podemos ayudar a obtener financiación, tanto pública como privada contacta con nosotros info@deyfinetlglobal.com