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Cláusulas COVID en los contratos de alquiler

A raíz del estado de alarma y del confinamiento que hemos vivido por el Coronavirus y la posibilidad de que se repitan los mismos acontecimientos, algunos propietarios están incorporando las denominadas «cláusulas Covid». Dichas cláusulas son añadidas y afectan en los contratos de arrendamientos para uso distinto de vivienda y, en algunos casos particulares, en contratos de arrendamientos de vivienda.

1. OBJETIVO Y LEGALIDAD DE LAS CLÁUSULAS COVID

La finalidad de incorporar las cláusulas Covid en los contratos de alquiler es proteger al inquilino o al propietario ante la probabilidad de que se vuelva a decretar un nuevo encierro.

Estas cláusulas son lícitas si benefician al inquilino, ya que son conformes a la Ley de Arrendamientos Urbanos (en adelante, “L.A.U.”). Sin embargo, si únicamente favorecen al arrendador, la cláusula podría ser nula y se tendría por no puesta, por vulneración de la L.A.U., al perjudicar al arrendatario.

2. CONTENIDO CLÁUSULAS COVID

En las cláusulas Covid se regulan las condiciones del contrato de arrendamiento en el caso de un nuevo confinamiento o un nuevo estado de alarma. Por ejemplo, se puede establecer lo siguiente:

  • Que el inquilino pueda dejar el piso.

  • Que el dueño pueda entrar en la vivienda.

  • Que se reduzca la renta o se exonere su pago.

  • Que se resuelva anticipadamente el contrato.

Añadir dichas condiciones beneficia tanto al inquilino como al propietario, ya que para evitar situaciones de incertidumbre o conflictos, es mejor detallar todo en el contrato de alquiler.

3. ESTUDIANTES Y LOCALES DE COMERCIO

La mayoría de las cláusulas Covid se están incorporando en contratos de arrendamientos de:

  • Uso distinto de vivienda: Durante el estado de alarma, los arrendatarios de locales para sus comercios se han visto muy afectados con sus contratos de alquiler, ya que han tenido que pagar una renta de un local que ha debido permanecer cerrado. Por este motivo se están procediendo a añadir este tipo de cláusulas.

  • De temporada o de vivienda para estudiantes: También es muy útil añadir estos anexos en aquellos contratos de alquiler celebrados con estudiantes que se hayan mudado a otra ciudad para estudiar y que en caso de que se vuelvan a cancelar las clases debido a una pandemia deban volver a sus domicilios habituales. Por ejemplo, porque les permite dejar fijado que en caso de un nuevo estado de alarma el estudiante pueda abandonar la vivienda y cancelar su contrato de alquiler sin penalización para poder volver a su domicilio habitual.