Laboral
COMUNICADO ERTES
El pasado 13 de mayo entró en vigor el Real Decreto-Ley que facilitaba la transición de los expedientes de regulación temporal por fuerza mayor (ERTEs) a los fundados en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. Esta tipología de causas justificativas del expediente de regulación temporal y que pueden afectar a su negocio, concurren –de carácter económico– cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.
Así mismo, se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
Si en su empresa concurre actualmente alguna de las circunstancias anteriores o, presume que pueda concurrir con anterioridad al 30 de junio, podrá acogerse al procedimiento abreviado en vigor desde el 17 de marzo, siendo la principal novedad un acortamiento de los plazos.
Para el caso de estar interesado en tramitar un ERTE por esta vía, deberá notificárnoslo a la mayor brevedad y, de ser posible, antes del 10 de junio a fin y efecto de poder planificar los trabajos con garantías.
Nuestro Departamento Laboral estará encantado de resolver las dudas que le puedan surgir en torno a este procedimiento.