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TERCERA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA SOLVENCIA DE EMPRESAS Y EMPRESARIOS COVID 19

Dentro del ámbito del Real decreto 5/2021 de Ayudas extraordinarias de soporte a la solvencia empresarial en respuesta a la COVID19, se han realizado hasta el momento 2 convocatorias.

Se abre ahora una TERCERA CONVOCATORIA  que incorpora las siguientes modificaciones:

  • Ampliando el ámbito temporal de las deudas subvencionables en cuatro meses, desde el 31 de mayo hasta el 30 de septiembre.
  • Considerando también como deudas subvencionables los costes fijos incurridos tanto los pagados como los no pagados, incluidas las pérdidas contables, siempre que estos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

Los requisitos para poder solicitarla se mantienen, principalmente:

  • No haber tenido pérdidas en 2019
  • Un descenso de ingresos superior al 30% entre el 2019 y 2020
  • Tener domicilio fiscal en Cataluña.

 

La cuantía tampoco varía. Si están en el régimen de estimación objetiva del IRPF un máximo de 3.000 euros, y para el resto de los autónomos y empresas la ayuda estará entre los 4.000 y los 200.000 euros.

 

¿A QUIEN LE PUEDE INTERESAR?

  • A aquellos que pudiendo solicitarla, no lo hicieron en las anteriores convocatorias, ahora tienen una nueva oportunidad.
  • A aquellos que la solicitaron, pero no pudieron presentar deudas suficientes para completar el total al que podían acceder y les concedieron una ayuda inferior. La pueden completar ahora.

Se pueden presentar solicitudes desde las 9 horas del 12/11 hasta el 19/11 a las 14:00h.

La presentación del formulario de inscripción previa es condición necesaria para poder recibir esta ayuda extraordinaria.

Le ofrecemos nuestros servicios para la correcta y rápida tramitación de estas ayudas, puede escribirnos a consultoriadeyfin@etl.es

 

Barcelona, 12 de noviembre de 2021