Novedades en pensiones y cotizaciones a la Seguridad Social en 2026. Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero

 

Ante la falta de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2026 y la no convalidación del Real Decreto-ley 16/2025, conocido como “decreto ómnibus”, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 3/2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026, que introduce importantes medidas en materia de pensiones, bases y tipos de cotización a la Seguridad Social.

 

 

Este nuevo real decreto-ley tiene como finalidad evitar la pérdida de derechos de las personas pensionistas y garantizar la aplicación de las principales medidas en materia de Seguridad Social, que habían quedado sin cobertura normativa tras la no aprobación del decreto anterior.

A continuación, resumimos las principales novedades, con especial atención a las cotizaciones empresariales, personas trabajadoras y autónomos.

 Revalorización de pensiones en 2026

  • Las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas se revalorizan un 2,7 %, conforme al IPC medio interanual.
  • El límite máximo de pensión queda fijado en:
    • 3.359,60 € mensuales
    • 47.034,40 € anuales
  • El complemento para la reducción de la brecha de género se sitúa en 36,90 € mensuales por hijo/a.
  • Se actualizan también:
    • Pensiones mínimas (según tablas oficiales).
    • Pensiones no contributivas.
    • Prestaciones familiares y otras ayudas públicas.

Bases de cotización a la Seguridad Social

Base máxima de cotización (Régimen General)

Concepto Importe
Base máxima mensual 5.101,20 €

Las bases mínimas se incrementarán automáticamente en el mismo porcentaje que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) incrementado en un sexto.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

Desde el 1 de enero de 2026, el tipo del MEI es del 0,90 %, distribuido de la siguiente forma:

Sujeto Tipo
Empresa 0,75 %
Persona trabajadora 0,15 %
Total 0,90 %

Nueva cotización adicional de solidaridad (salarios altos)

Se aplica sobre la parte del salario que supere la base máxima de cotización:

Tramo de retribución mensual Tipo total Empresa Persona trabajadora
De 5.101,21 € a 5.611,32 € 1,15 % 0,96 % 0,19 %
De 5.611,33 € a 7.651,80 € 1,25 % 1,04 % 0,21 %
Más de 7.651,80 € 1,46 % 1,22 % 0,24 %

 

Autónomos en 2026

  • En 2026 se mantienen las mismas tablas de cotización por tramos de rendimientos netos que en 2025.
  • Se actualiza la base máxima de los tramos superiores conforme al nuevo tope del Régimen General.
  • Pluriactividad:
    • Devolución del 50 % del exceso de cotización por contingencias comunes cuando se superen 17.323,68 € anuales, con el límite del 50 % de las cuotas ingresadas en el RETA.

Eliminación de la obligación de declarar IRPF en el desempleo

Se suprime la obligación de presentar declaración de IRPF para las personas beneficiarias de:

  • Prestación contributiva por desempleo.
  • Subsidios por desempleo.

Esta medida evita cargas administrativas innecesarias y posibles perjuicios fiscales.

Nueva tarifa de primas por contingencias profesionales

  • Se aprueba una nueva tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Adaptada a la CNAE-2025.
  • Integrada directamente en la Ley General de la Seguridad Social.
  • El tipo aplicable dependerá de la actividad económica concreta de la empresa.

 

Conclusión

El Real Decreto-ley 3/2026 viene a sustituir las medidas que no pudieron desplegar efectos por la no convalidación del decreto ómnibus, garantizando la revalorización de pensiones y la aplicación de las nuevas reglas de cotización en 2026.