Novedades en pensiones y cotizaciones a la Seguridad Social en 2026. Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero
Ante la falta de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2026 y la no convalidación del Real Decreto-ley 16/2025, conocido como “decreto ómnibus”, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 3/2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026, que introduce importantes medidas en materia de pensiones, bases y tipos de cotización a la Seguridad Social.

Este nuevo real decreto-ley tiene como finalidad evitar la pérdida de derechos de las personas pensionistas y garantizar la aplicación de las principales medidas en materia de Seguridad Social, que habían quedado sin cobertura normativa tras la no aprobación del decreto anterior.
A continuación, resumimos las principales novedades, con especial atención a las cotizaciones empresariales, personas trabajadoras y autónomos.
Revalorización de pensiones en 2026
- Las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas se revalorizan un 2,7 %, conforme al IPC medio interanual.
- El límite máximo de pensión queda fijado en:
- 3.359,60 € mensuales
- 47.034,40 € anuales
- El complemento para la reducción de la brecha de género se sitúa en 36,90 € mensuales por hijo/a.
- Se actualizan también:
- Pensiones mínimas (según tablas oficiales).
- Pensiones no contributivas.
- Prestaciones familiares y otras ayudas públicas.
Bases de cotización a la Seguridad Social
Base máxima de cotización (Régimen General)
| Concepto | Importe |
| Base máxima mensual | 5.101,20 € |
Las bases mínimas se incrementarán automáticamente en el mismo porcentaje que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) incrementado en un sexto.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
Desde el 1 de enero de 2026, el tipo del MEI es del 0,90 %, distribuido de la siguiente forma:
| Sujeto | Tipo |
| Empresa | 0,75 % |
| Persona trabajadora | 0,15 % |
| Total | 0,90 % |
Nueva cotización adicional de solidaridad (salarios altos)
Se aplica sobre la parte del salario que supere la base máxima de cotización:
| Tramo de retribución mensual | Tipo total | Empresa | Persona trabajadora |
| De 5.101,21 € a 5.611,32 € | 1,15 % | 0,96 % | 0,19 % |
| De 5.611,33 € a 7.651,80 € | 1,25 % | 1,04 % | 0,21 % |
| Más de 7.651,80 € | 1,46 % | 1,22 % | 0,24 % |
Autónomos en 2026
- En 2026 se mantienen las mismas tablas de cotización por tramos de rendimientos netos que en 2025.
- Se actualiza la base máxima de los tramos superiores conforme al nuevo tope del Régimen General.
- Pluriactividad:
- Devolución del 50 % del exceso de cotización por contingencias comunes cuando se superen 17.323,68 € anuales, con el límite del 50 % de las cuotas ingresadas en el RETA.
Eliminación de la obligación de declarar IRPF en el desempleo
Se suprime la obligación de presentar declaración de IRPF para las personas beneficiarias de:
- Prestación contributiva por desempleo.
- Subsidios por desempleo.
Esta medida evita cargas administrativas innecesarias y posibles perjuicios fiscales.
Nueva tarifa de primas por contingencias profesionales
- Se aprueba una nueva tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
- Adaptada a la CNAE-2025.
- Integrada directamente en la Ley General de la Seguridad Social.
- El tipo aplicable dependerá de la actividad económica concreta de la empresa.
Conclusión
El Real Decreto-ley 3/2026 viene a sustituir las medidas que no pudieron desplegar efectos por la no convalidación del decreto ómnibus, garantizando la revalorización de pensiones y la aplicación de las nuevas reglas de cotización en 2026.

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